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Derecho laboral
4 de febrero de 20258 min de lectura

¿Qué es la prima de servicios y cómo se calcula en Colombia?

Todo sobre la prima de servicios en Colombia: base legal, quiénes tienen derecho, fórmula de cálculo, fechas de pago y sanciones por incumplimiento.

¿Qué es la prima de servicios?

La prima de servicios es una prestación social establecida en los artículos 306 a 308 del Código Sustantivo del Trabajo (CST). Consiste en el pago de un mes de salario por cada año trabajado, dividido en dos pagos semestrales. Su fundamento es la participación del trabajador en las utilidades de la empresa.

¿Quiénes tienen derecho?

Tienen derecho a la prima de servicios todos los trabajadores vinculados mediante contrato de trabajo, sin importar la modalidad del contrato (término fijo, indefinido, obra o labor). Esto incluye:

  • Trabajadores del sector privado
  • Trabajadores del servicio doméstico (desde la Sentencia C-871 de 2014 de la Corte Constitucional)
  • Trabajadores de empresas con ánimo y sin ánimo de lucro

Los contratistas de prestación de servicios no tienen derecho a prima de servicios, ya que esta es una prestación exclusiva de la relación laboral.

Fechas de pago

La prima se paga en dos cuotas:

  • Primera cuota: A más tardar el 30 de junio, correspondiente al primer semestre (enero a junio).
  • Segunda cuota: A más tardar los primeros 20 días de diciembre, correspondiente al segundo semestre (julio a diciembre).

¿Cómo se calcula?

La fórmula general es:

Prima semestral = (Salario mensual × Días trabajados en el semestre) / 360

Si el trabajador laboró todo el semestre (180 días), la prima equivale a medio salario mensual por cada semestre, es decir, un salario completo al año.

Base salarial para el cálculo

La base para calcular la prima incluye:

  • Salario básico mensual
  • Auxilio de transporte (cuando el salario no supera 2 SMLMV)
  • Comisiones, horas extras y recargos habituales
  • Cualquier remuneración fija que constituya salario

No se incluyen los pagos que por acuerdo entre las partes no constituyen salario (artículo 128 del CST), como auxilios de alimentación, vestuario, transporte de carácter extralegal, entre otros, siempre que se hayan pactado expresamente como no salariales.

Ejemplo práctico

Un trabajador que gana $2.000.000 mensuales, recibe auxilio de transporte y trabajó todo el semestre:

  • Salario base para prima: $2.000.000 + auxilio de transporte
  • Prima del semestre: ($2.000.000 + auxilio de transporte) × 180 / 360
  • Resultado: Aproximadamente la mitad de su salario más auxilio

Prima proporcional

Si el trabajador no laboró todo el semestre (por ejemplo, ingresó en marzo o se retiró en octubre), tiene derecho a una prima proporcional al tiempo trabajado. La fórmula es la misma, pero se reemplazan los 180 días por los días efectivamente trabajados en el semestre.

Sanciones por no pago

El incumplimiento en el pago de la prima de servicios dentro de los plazos legales puede generar:

  • Sanción moratoria: El artículo 65 del CST establece una indemnización por mora equivalente a un día de salario por cada día de retardo, hasta por 24 meses. Después de este periodo, se causan intereses moratorios.
  • Sanciones administrativas: El Ministerio del Trabajo puede imponer multas al empleador por el incumplimiento.
La prima de servicios es un derecho irrenunciable de todo trabajador colombiano. Conocer cómo se calcula y cuándo debe pagarse es esencial tanto para empleadores como para trabajadores.
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